Chapter 5. Appendix 2

AGI, México 286. De officio en la audi[enci]a rreal de mex[i]co, a pedimi[ent]o de gregorio de pesquera y p[edr]o thomas primeros fundadores del monesterio de monjas de mexico llamado Jesus maria para donçellas pobres hijas y nietas de conquistadores. 5 October 1581.

This is the founders' account of the foundation of Jesús María at the beginning of their (succesful) quest for royal patronage.

En la ciudad de mexico a cinco dias del mes de otubre de mill e qui[niento]s y ochenta y un años estando en el rreal acuerdo los señores virrey y presidente e oydores de la audi[enci]a rreal de la nueva españa dixeron que por quanto gregorio de pesquera y pedro tomas presen taron una peticion e preguntas e pidieron se le rrealise informacion de como son unos de los primeros fundadores del monesterio de jesus maria que de poco tiempo a esta parte se a fundado en esta ciudad con licencia del virrey don martin enrriquez y del arsobispo don pedro moya de contreras para donzellas pobres y que en esta ciudad e nueva españa ay muchas donzellas pobres hijas e nietas de conquistado re[s] desta tierra e pobladores antig[u]os della y de otras personas hon rradas que por su necesidad e pobreza no tienen con que ponellas [sic] en es tado e por esta causa estan en rriesgo e gran peligro de sus hon rras y almas e por el rremedio de tan grave daño y hera mui comun abia çido mui necesario fundar el d[ic]ho monesterio de donzellas pobres en que se rrecogiesen las que dios llamase a este estado e que ay muchas de las dichas donzellas que lo tomavan y ubieran tomado si hallaran comodidad e para este se fundo el dicho monesterio/ y que en otros monesterios desta dicha ciudad e nueva españa no se rreciben donzellas pobres sino lleban dotes e las pobres aunque deseen ser admitidas en los dichos mones terios no son rrecibidas por lo qual abia sido util e necesario fundar el dicho monesterio de jesus maria para las dichas donzellas pobres/ y que los dichos gregorio de pesquera e pedro tomas e los mas fundadores del mobidos de xpiano [cristiano] zelo para que las dichas donzellas pobres fuesen rremediadas trataron como se fundase el dicho monesterio e se pidiesen limosnas lo qual con sultaron con personas principales y les avia aparecido bien e asi lo abian tratado con los dichos virrey e arsobipo y los abia parecido bien por ser obra tan santa biendo que para ello estaban juntas muchas limosnas entre los funda dores e mas cantidad de nueve mill p[es]os de oro comun en mandas e escrituras que se avian echo por yndustria e solicitud de los dichos gregorio de pesquera e pedro tomas de los quales el dicho gregorio de pesquera abia dado quatror mill e trezientos pe[s]o[s] en censos que tenia de que avia echo escritura de donacion en favor del dicho monesterio y quel dicho pedro tomas abia andado por muchas partes e minas de esta nueva españa y a bia rrecogido los demas pe[s]o[s] rrestantes en mandas y es crituras de diferentes personas lo qual abia ma nifestado a los dichos virrey e arsobispo que para mas animar a tan santa obra a los dichos fundadores abian dado licencia para que se pidiesen mas limosnas en esta ciudad e fuera della. e se abian encargado dellas personas principales rreligiosas e se pidieron e juntaron doze o treze mill p[es]os dentro desta dicha ciudad y que rrecogidas las dichas can tidades luego se conpro casa para la fundacion del dicho moneste rio que fueron las de diego arias sotelo que son junto a la yglesia de la veracruz las quales parecio que heran mui comodas y en buen sitio en cinco mill p[es]os de oro comun con licencia de los dichos virrey e arsobispo que conpradas se abian edificado en forma de monesterio con abitacion comoda para las monjas en lo qual se abian gastado muchos millares de p[es]os que hedificado el dicho monesterio se pasa ron a el del de la consepsion desta ciudad dies monjas profesas para la fundacion del las quales abian entrado con cargos e offi[ci]os de abadeça bicaria tornera portera y maes[tr]a de novicias e los demas offi[ci]os que para el govier no del dicho monesterio heran menester y que despues de entradas desde a ocho dias abian entrado en el dicho mo nesterio treze donzellas pobres hijas e nietas de perso nas honrradas e algunas hijas e nietas de conquista does y que para el sustento y perpetuidad del dicho mo nesterio se abian hordenado que las monjas que entrasen en el fuese a titulo de capellanas de los fundadores y de los que abian dado rrenta para el sustento dellas y que la dicha rrenta fuese perpetua para que despues de fallesida qualquiera de las dichas capellanias [sic] entrase en su lugar otra donzella pobre estando siempre en pie la dicha rrenta y que los fundadores della fuesen patrones pa ra presentar en las dichas capellanias estando bacas las don zellas pobres que mas necesidad y meritos tubiesen y que asi estaba proveydo por esta rreal audi[enci]a que ge neralmente todas las dotes de las monjas que alli entrasen fuesen perpetuos y los dichos fundadores fue sen patrones dellas e las que no lo tubiesen pertenecie se el patronazgo dellas a su magd y a esta rreal audi[enci]a y quel rrenta que se abia señalado para cada una de las dichas capellanias abian sido cient p[eso]s de oro comun en cada un año a rrason de mill e quatrocientos p[es]os de principal y que destas abia quinze capellanias de personas particulares que las instituyeron que las seis dellas ynstituyo pedro garcia difunto y tres el dicho gregorio de pesquera y dos juan rrodri gues de herrera y las quatro de la limosna que se abia rrecogido y que por por [sic] no averse juntado mas limosnas no se abian fundado mas capellanias y quel dicho monesterio tenia muncha necesidad de ser favorecido e socorrido para que vaya adelante e otras munchas donzellas pobres que desean entrar sean admitidas y que el socorro y que el socorro [sic] que al dicho monest[eri]o se hiziera rredundara en gran provecho desta rrepublica y ser vicio de dios nuestro señor por las munchas donzellas pobres que ay y que por el año pasado de ochenta se abia fundado el dicho monest rio y rrespeto de la brevedad del tiempo abian sido muchas las monjas que abian entrado y se esperava que hentrarian muchas mas abiendo limosnas y rrenta con que entrasen que para ello hera necesario se juntase mas limosna. e la que su magd fuese servido hazeles seria mui acepta e bien enplea da e se sirvira dios nuestro señor y esta rrepublica se autoriza ria con obra tan santa e de tanto provecho segun que en la dicha peticion e preguntas se contiene.

 

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